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Guía de instrumentos archivísticos

Qué exige la normativa colombiana para cada instrumento, quién lo elabora, quién lo convalida y en qué orden construirlos. Actualizada al Acuerdo Único de la Función Archivística (Acuerdo 001 de 2024 del AGN).

Actualizado: julio 2026 Marco: Ley 594/2000 · Decreto 1080/2015 · Acuerdo 001/2024 Colombia

El cambio que reordenó todo: Acuerdo 001 de 2024

El AGN expidió el Acuerdo Único de la Función Archivística el 29 de febrero de 2024, con entrada en vigencia el 10 de abril de 2024. Compila y deroga la mayor parte de los acuerdos dispersos de 2013 a 2023.

Por qué importa en la práctica

Si un normograma, manual o política de gestión documental todavía cita el Acuerdo 004 de 2019 (TRD/TVD), el Acuerdo 006 de 2014 (SIC) o el Acuerdo 003 de 2015 (documento electrónico) como norma vigente, está desactualizado. Esos acuerdos fueron derogados y su contenido quedó reorganizado dentro del Acuerdo 001 de 2024.

Actualizar el normograma es de las primeras señales que revisa un ente de control y de las más fáciles de corregir.

2000
Ley 594 — Ley General de Archivos
Base de toda la función archivística. Obliga a entidades públicas y a privadas que cumplen funciones públicas.
2012
Decreto 2609
Introduce el PGD y el catálogo moderno de instrumentos archivísticos.
2014
Ley 1712 — Transparencia y acceso a la información
Suma tres instrumentos de gestión de información pública, exigibles junto con los archivísticos.
2015
Decreto 1080 — Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura
Compila el Decreto 2609. El artículo 2.8.2.5.8 enumera los instrumentos archivísticos y el 2.8.2.5.9 los ocho procesos de la gestión documental.
2024
Acuerdo 001 — Acuerdo Único de la Función Archivística
Diez títulos. Unifica administración de archivos, gestión de documentos, valoración, conservación, acceso y patrimonio documental. Vigente desde el 10 de abril de 2024.

Los instrumentos, uno por uno

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Qué es
Instrumento de planeación que parte de un diagnóstico del estado de la función archivística, identifica aspectos críticos, los prioriza y los convierte en planes y proyectos con responsables, tiempos y recursos.
Para qué sirve
Es el que justifica presupuesto. Sin PINAR, cada intervención de archivo se vuelve una compra suelta difícil de sustentar ante planeación y ante control interno.
Quién lo hace y quién lo aprueba
Lo elabora el área de gestión documental con el equipo interdisciplinario; lo aprueba el Comité Institucional de Gestión y Desempeño (o el Comité Interno de Archivo en el nivel territorial).
Base normativa
Decreto 1080 de 2015, art. 2.8.2.5.8 · Acuerdo 001 de 2024, Título III.
Errores frecuentes
PINAR copiado de otra entidad, sin diagnóstico propio ni línea base medible. Se nota de inmediato: los aspectos críticos no corresponden a la realidad del fondo documental.
Contenido mínimo esperado
  • Diagnóstico y aspectos críticos priorizados
  • Visión estratégica del archivo
  • Objetivos, planes y proyectos asociados
  • Mapa de ruta y cronograma
  • Herramienta de seguimiento e indicadores
ObligatorioPlaneaciónAprueba Comité
Qué es
Conjunto de políticas, procedimientos y actividades que cubren el ciclo de vida completo del documento, articulado con la planeación estratégica de la entidad.
Los ocho procesos que debe desarrollar
  • Planeación
  • Producción
  • Gestión y trámite
  • Organización
  • Transferencia
  • Disposición de documentos
  • Preservación a largo plazo
  • Valoración
Quién lo hace y quién lo aprueba
Elaboración a cargo del área de gestión documental con TI, jurídica y planeación. Aprobación por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño. Debe publicarse en el sitio web de la entidad.
Base normativa
Decreto 1080 de 2015, arts. 2.8.2.5.8 y 2.8.2.5.9 · Ley 1712 de 2014, art. 15 · Acuerdo 001 de 2024, Título IV.
Errores frecuentes
PGD que describe los ocho procesos en abstracto, sin programas específicos, sin cronograma y sin decir qué se hace con el documento electrónico. Queda como documento de estante.
ObligatorioPlaneaciónPublicación web
Qué es
Listado jerárquico y codificado de fondo, secciones, subsecciones, series y subseries documentales, construido a partir de la estructura orgánico-funcional de la entidad.
Para qué sirve
Es la base de la TRD. Sin CCD correcto, la TRD hereda todos los errores: series que en realidad son tipos documentales, subseries duplicadas entre dependencias, dependencias que ya no existen.
Quién lo hace
Equipo interdisciplinario de la entidad. Se aprueba junto con la TRD.
Base normativa
Decreto 1080 de 2015, art. 2.8.2.5.8 · Acuerdo 001 de 2024, Título IV.
Errores frecuentes
Confundir serie con tipo documental. "Contratos" es serie; "acta de inicio" es tipo documental dentro del expediente contractual. Este error se propaga a la TRD y es la causa más común de devolución en la convalidación.
ObligatorioBase de la TRD
Qué es
Listado de series y subseries con los tiempos de permanencia en archivo de gestión y archivo central, y la disposición final de cada una: conservación total, eliminación, selección o digitalización/medio tecnológico.
Ciclo completo
  • Elabora: equipo interdisciplinario de la entidad
  • Aprueba: Comité Institucional de Gestión y Desempeño (o Comité Interno de Archivo)
  • Convalida: Comité Evaluador de Documentos del AGN, en el nivel nacional; Consejos Territoriales de Archivo, en el nivel departamental, distrital y municipal
  • Inscribe: en el Registro Único de Series Documentales (RUSD)
  • Publica: en el sitio web institucional, de forma permanente
  • Implementa: clasificación, ordenación, transferencias y disposición final conforme a lo convalidado
Base normativa
Ley 594 de 2000, arts. 24 y 25 · Decreto 1080 de 2015, art. 2.8.2.5.8 · Acuerdo 001 de 2024, Títulos IV y V. (El Acuerdo 004 de 2019, que antes reglamentaba este procedimiento, fue derogado.)
Errores frecuentes
TRD convalidada pero nunca implementada: los expedientes se siguen organizando como antes. La convalidación no es el objetivo; es el permiso para empezar.
Tiempos de retención copiados sin sustento normativo o contable. Cada tiempo debe poder justificarse con la norma o la necesidad administrativa que lo respalda.
ObligatorioRequiere convalidaciónRUSDPublicación web
Qué es
Instrumento que se aplica al fondo documental acumulado, es decir, los documentos producidos antes de tener TRD aprobada. Se construye reconstruyendo históricamente la estructura y las funciones de la entidad en cada periodo.
Cuándo se necesita
Cuando hay cajas de años anteriores sin clasificar, o cuando hubo fusiones, supresiones o reestructuraciones que dejaron documentación huérfana. Es el instrumento que habilita eliminar legalmente lo que no tiene valor y conservar lo que sí.
Ciclo
Mismo circuito que la TRD: elaboración interna, aprobación por el Comité, convalidación por el Comité Evaluador de Documentos o el Consejo Territorial de Archivo según el nivel, e inscripción en el RUSD.
Base normativa
Ley 594 de 2000 · Acuerdo 001 de 2024, Título V (Valoración Documental).
Errores frecuentes
Aplicar la TRD vigente al fondo acumulado. No corresponde: la TRD rige hacia adelante desde su convalidación; el pasado se resuelve con TVD.
Obligatorio si hay fondo acumuladoRequiere convalidación
Qué es
Registro normalizado que relaciona unidades documentales por serie, fechas extremas, unidad de conservación, número de folios y soporte.
Cuándo es obligatorio
  • En transferencias primarias y secundarias
  • En entrega y recibo de cargos de servidores públicos
  • En procesos de eliminación documental
  • En fusión, supresión o liquidación de entidades
  • Al entregar el fondo a un tercero contratista, y al recibirlo de vuelta
Base normativa
Ley 594 de 2000, art. 26 · Decreto 1080 de 2015, art. 2.8.2.5.8 · Acuerdo 001 de 2024, Títulos III y IV.
Errores frecuentes
Inventario que no coincide con lo que hay en el depósito. En una auditoría, un FUID desactualizado pesa más en contra que no tenerlo, porque documenta un incumplimiento.
ObligatorioControl
Qué es
Instrumento de normalización del lenguaje: define y estandariza los nombres de series, subseries y tipos documentales para que signifiquen lo mismo en toda la entidad.
Por qué se subestima
Es el que hace que la búsqueda funcione. Cuando cada dependencia nombra distinto el mismo expediente, ni el índice electrónico ni el gestor documental recuperan bien. En proyectos de digitalización masiva, un banco terminológico débil se traduce directamente en OCR indexado que nadie encuentra.
Base normativa
Decreto 1080 de 2015, art. 2.8.2.5.8 · Acuerdo 001 de 2024, Título IV.
ObligatorioHabilita recuperación
Qué es
Descripción de los procesos, procedimientos y funciones administrativas de la entidad, con el recorrido que sigue cada documento desde su producción hasta su disposición final.
Para qué sirve
Es el insumo técnico para automatizar. Ningún flujo de trabajo digital, ni ninguna integración con un gestor documental, se diseña bien sin esto: define puntos de captura, responsables, tiempos y condiciones de cierre del expediente.
Base normativa
Decreto 1080 de 2015, art. 2.8.2.5.8.
ObligatorioInsumo para automatización
Qué es
Instrumento que establece, por serie y subserie, las categorías de derechos y restricciones de acceso y seguridad aplicables a los documentos.
Cómo se articula
Se cruza con el índice de información clasificada y reservada de la Ley 1712 y con la política de tratamiento de datos personales (Ley 1581 de 2012). Es el instrumento que traduce la reserva legal en permisos concretos dentro del sistema.
Base normativa
Decreto 1080 de 2015, art. 2.8.2.5.8 · Ley 1712 de 2014 · Acuerdo 001 de 2024, Título VII (Acceso y consulta).
Errores frecuentes
Declarar reservado un expediente completo cuando la reserva solo aplica a algunos documentos o datos. La reserva es la excepción y debe estar sustentada norma por norma.
ObligatorioCruza con Ley 1712
Qué es
Especificación de requisitos funcionales y no funcionales que debe cumplir el sistema de gestión de documentos electrónicos de archivo (SGDEA): captura, clasificación automática contra el CCD, metadatos, control de versiones, trazabilidad, retención y disposición, exportación e interoperabilidad.
Cuándo se elabora
Antes de la contratación del software. Elaborarlo después convierte el instrumento en una justificación a posteriori de lo que ya se compró, que es exactamente lo que un auditor busca.
Base normativa
Decreto 1080 de 2015, art. 2.8.2.5.8 · Acuerdo 001 de 2024, Título IV. (El Acuerdo 003 de 2015 fue derogado; su contenido se reorganizó en el Acuerdo Único.)
ObligatorioPrecede a la compra
Qué es
Registro que identifica los documentos que componen un expediente electrónico, con su orden, fecha de incorporación y huella o firma que garantiza la integridad del conjunto. Es componente obligatorio del expediente electrónico.
Novedad del Acuerdo 001 de 2024
El Acuerdo regula expresamente el expediente híbrido: cuando parte del expediente es físico y parte electrónico, debe existir un vínculo archivístico explícito entre ambos componentes. Este es hoy el escenario real de casi cualquier entidad en proceso de digitalización.
Base normativa
Acuerdo 001 de 2024, Título IV (incluido el art. 4.3.3.1 sobre expedientes híbridos).
Errores frecuentes
Digitalizar por lotes sin conformar expediente ni índice. Se obtiene un repositorio de imágenes, no un archivo electrónico con valor archivístico.
Obligatorio en expediente electrónicoExpediente híbrido
Qué es
Sistema con dos componentes obligatorios: el Plan de Conservación Documental, para soportes físicos y análogos, y el Plan de Preservación Digital a Largo Plazo, para documentos electrónicos de archivo.
Programas del Plan de Conservación Documental
  • Capacitación y sensibilización del personal
  • Inspección y mantenimiento de sistemas de almacenamiento e instalaciones
  • Saneamiento ambiental: desinfección, desratización y desinsectación
  • Monitoreo y control de condiciones ambientales
  • Almacenamiento y re-almacenamiento
  • Prevención de emergencias y atención de desastres
Quién lo aprueba
Se adopta mediante acto administrativo del representante legal, previo concepto del Comité Institucional de Gestión y Desempeño o del Comité Interno de Archivo.
Base normativa
Ley 594 de 2000, arts. 46 a 48 · Acuerdo 001 de 2024, Título VI. (Deroga el Acuerdo 006 de 2014.)
ObligatorioActo administrativo
Qué es
Componente del SIC dedicado a asegurar que los documentos electrónicos de archivo conserven autenticidad, integridad, fiabilidad, inalterabilidad y disponibilidad frente a la obsolescencia tecnológica.
Estrategias reconocidas
  • Migración a nuevos formatos o plataformas
  • Emulación de entornos obsoletos
  • Replicación y copias de respaldo
  • Refreshing de medios y soportes
  • Uso de formatos abiertos y estables para preservación
Por qué es el eslabón más débil
Es común encontrar entidades que invirtieron en digitalizar y no destinaron nada a preservar. Un fondo digitalizado sin plan de preservación es un pasivo con fecha de vencimiento.
Base normativa
Acuerdo 001 de 2024, Título VI. Un Plan específico de preservación digital a largo plazo es obligatorio.
ObligatorioDocumento electrónico
Qué es
Registro administrado por el AGN en el que se inscriben las TRD y TVD una vez aprobadas y convalidadas. Es el paso que cierra formalmente el procedimiento.
Consecuencia práctica
Una TRD aprobada internamente pero no convalidada ni inscrita no habilita eliminación documental. Cualquier eliminación hecha sobre esa base es una eliminación sin respaldo legal.
Base normativa
Acuerdo 001 de 2024, Títulos IV y V.
Registro ante el AGNCierra el ciclo TRD/TVD

Digitalización: lo que la norma sí permite y lo que no

El punto donde más se confunden clientes y proveedores. Vale la pena dejarlo por escrito antes de firmar cualquier contrato.

La regla que casi siempre se malinterpreta

La digitalización no modifica los tiempos de retención establecidos en la TRD y no habilita por sí sola la destrucción del original físico. El Acuerdo 001 de 2024 lo mantiene expresamente: no pueden destruirse documentos originales con el argumento de que fueron digitalizados.

Eliminar papel es una decisión de valoración documental —vía TRD o TVD convalidada, con acta del Comité y publicación previa del inventario de eliminación—, no una consecuencia de haber escaneado.

Situación¿Qué habilita?Condición
Digitalización de consulta y trámiteReducir manipulación del original y acelerar la consultaEl original se conserva según la TRD. La copia digital es de apoyo.
Digitalización con fines archivísticosCopia con valor archivístico, integrada al expedienteRequiere metadatos, conformación de expediente, índice electrónico y plan de preservación digital.
Digitalización con fines probatoriosMayor fuerza probatoria de la copia digitalExige control de integridad y autenticidad: firma digital y estampado cronológico sobre el lote o el documento, y protocolo documentado.
Eliminación del soporte físicoRetirar el papel del acervoSolo cuando la TRD o TVD convalidada define eliminación para esa serie, con acta del Comité e inventario publicado. No depende del escaneo.

Qué debería exigir siempre un contrato de digitalización

Protocolo de digitalización documentado · resolución y formato definidos por tipo documental · esquema de metadatos alineado al CCD y al banco terminológico · niveles de exactitud del OCR verificables · control de calidad por muestreo con criterio de aceptación · inventario de entrada y de salida (FUID) firmado · cadena de custodia · acuerdo de confidencialidad y tratamiento de datos personales · entrega en formatos abiertos aptos para preservación.

Los tres instrumentos de la Ley 1712

Se exigen en paralelo a los archivísticos y suelen medirse en el índice de transparencia. Se construyen sobre la TRD y el CCD, no aparte.

InstrumentoQué contieneDepende de
Registro de activos de informaciónInventario de toda la información que produce y administra la entidad, con su ubicación, formato, idioma y responsable.CCD y TRD
Índice de información clasificada y reservadaRelación de la información con acceso restringido, con la norma exacta que sustenta la reserva, la excepción aplicable y el plazo.Tablas de Control de Acceso
Esquema de publicación de informaciónQué información se publica, con qué frecuencia, en qué formato y en qué lugar del sitio web.PGD

La Ley 1712 también exige adoptar y publicar el Programa de Gestión Documental como parte de la política de gestión de información pública.

Ruta de implementación: en qué orden construirlos

El orden importa. Cada instrumento es insumo del siguiente, y saltarse un paso es la causa más común de que la convalidación se devuelva.

Diagnóstico integral del archivoEstado del fondo, volumen en metros lineales, condiciones de depósito, sistemas en uso y brechas normativas. Es la línea base de todo lo demás.
Conformar el Comité y el equipo interdisciplinarioComité Institucional de Gestión y Desempeño operando, con archivística, jurídica, TI, planeación y control interno. Sin acto administrativo y actas, no hay quién apruebe.
PINARConvertir los aspectos críticos del diagnóstico en planes con presupuesto y responsables.
CCD y banco terminológicoEstructura y lenguaje normalizado. Aquí se resuelve la confusión serie / tipo documental.
TRD (y TVD si hay fondo acumulado)Elaborar, aprobar en Comité, convalidar ante el Comité Evaluador de Documentos o el Consejo Territorial de Archivo, inscribir en el RUSD y publicar en el sitio web.
PGD y mapas de procesos y flujosLos ocho procesos aterrizados con programas específicos, cronograma e indicadores.
Tablas de control de acceso e instrumentos de la Ley 1712Registro de activos, índice de clasificada y reservada, esquema de publicación.
Modelo de requisitos y selección de SGDEADefinir requisitos antes de contratar. Incluir criterios de exportación e interoperabilidad para no quedar cautivo del proveedor.
SIC: Plan de Conservación Documental y Plan de Preservación Digital a Largo PlazoAdoptados por acto administrativo del representante legal.
Intervención: organización, digitalización y transferenciasAhora sí. Con TRD convalidada, metadatos definidos y plan de preservación, la digitalización produce archivo electrónico y no un repositorio de imágenes.
Seguimiento y actualizaciónIndicadores, auditoría interna y actualización de instrumentos cuando cambie la estructura orgánica o las funciones de la entidad.

Autodiagnóstico rápido

Marca lo que la entidad tiene vigente, aprobado e implementado. No cuenta lo que está en borrador ni lo que se aprobó y nunca se aplicó.

Cumplimiento estimado: 0 de 16 · 0%

Quién aprueba qué

La confusión entre aprobar, convalidar y adoptar retrasa proyectos completos.

InstrumentoElaboraApruebaConvalida / adopta
PINARGestión documentalComité Institucional de Gestión y DesempeñoNo requiere convalidación externa
PGDEquipo interdisciplinarioComité Institucional de Gestión y DesempeñoPublicación en sitio web
CCDEquipo interdisciplinarioComité, junto con la TRDVa dentro del paquete de la TRD
TRD / TVDEquipo interdisciplinarioComité Institucional de Gestión y Desempeño o Comité Interno de ArchivoComité Evaluador de Documentos (nacional) o Consejo Territorial de Archivo (territorial) + inscripción en RUSD
SIC (ambos planes)Gestión documental con TI y conservaciónConcepto del ComitéActo administrativo del representante legal
Modelo de requisitosGestión documental con TIComitéNo requiere convalidación externa
Instrumentos Ley 1712Gestión documental con jurídica y TIComitéPublicación en el sitio web y en el portal de transparencia